Articulo 7. Representantes de los retirados : el oficial retirado, aspirante a Miembro de la junta directiva y su respectivo suplente, serán elegidos por El voto de los oficiales engonce de asignación de retiro. El suboficial Retirado y su suplente lo serán por los suboficiales en goce de la misma Prestación. La votación comprenderá solamente a los oficiales y Suboficiales residentes en Bogotá, D. E.
Delos seis oficiales y suboficiales que obtengan la mayoría en El escrutinio de la votación, el ministro de defensa escogerá a los Principales y sus suplentes que deban formar parte de la junta directiva.
Los representantes de los oficiales y suboficiales en goce de Asignación de retiro serán elegidos para periodos de dos (2) años y podrán Ser reelegidos indefinidamente. La votación hará conforme al reglamento Que expida la junta directiva.