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Artículo 11

Subdirección Del Sistema Nacional De Archivos

Decreto 158 de 2022 · por el cual se establece la estructura del Archivo General de la Nación y se determinan las funciones de las diferentes dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección del Sistema Nacional de Archivos . Son funciones de la Subdirección del Sistema Nacional de Archivos, las siguientes

1.

Liderar y coordinar el Sistema Nacional de Archivos, a través de las acciones de las instituciones, grupos de valor y archivos que lo conforman.

2.

Asesorar a los actores que conforman el Sistema Nacional de Archivos en la implementación de la Política y la Función Archivística del Estado.

3.

Dirigir, coordinar y articular las actividades de los Consejos Territoriales de Ar­chivo.

4.

Divulgar y promover la implementación de la Política Archivística, las metodo­logías, herramientas e instrumentos relacionados con la función archivística del país.

5.

Liderar los procesos de asistencia técnica en materia archivística, a las entidades públicas o privadas que cumplen funciones públicas.

6.

Orientar la elaboración y ejecución del programa de capacitación archivística dirigido a los actores que conforman el Sistema Nacional de Archivos.

7.

Establecer alianzas con instituciones y/o entidades para el fortalecimiento de la función archivística.

8.

Liderar la definición e implementación de los sistemas de información necesa­rios para el desarrollo de acciones del Sistema Nacional de Archivos.

9.

Establecer estrategias, planes, programas y proyectos para el fortalecimiento y consolidación de la función archivística en el territorio.

10.

Liderar y consolidar la emisión de conceptos técnicos y/o recomendaciones so­bre la implementación de la Política Archivística.

11.

Las demás que le asigne la ley o que correspondan a la naturaleza de la depen­dencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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