º En todos los casos en que haya lugar a la devolución del impuesto de timbre sobre la legalización de facturas consulares, la devolución se efectuará por el Banco de la República o por el banco oficial correspondiente, con cargo a la cuenta "Acreedores varios - Gobierno Nacional - Impuesto sobre legalización facturas consulares".
Decreto 450 de 1981 →Vigente
Artículo 5
En Todos Los Casos En Que Haya Lugar A La Devolución Del Impuesto De Timbre Sobre La Legalización De Facturas Consulares, La Devolución Se Efectuará Por El Banco De La República O Por El Banco Oficial Correspondiente, Con Cargo A La Cuenta "acreedores Varios - Gobierno Nacional - Impuesto Sobre Legalización Facturas Consulares"
Decreto 450 de 1981 · por el cual se dictan unas medidas en materia de impuesto de timbre sobre legalización de factura consular.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.