Los hechos que determinan la disminución del subsidio familiar, de que habla el artículo anterior, son los siguientes:
1° Para los varones:
por muerte.
Por emancipación voluntaria.
Por matrimonio.
Por haber cumplido la edad de 21 años, salvo el caso de los estudiantes que dependan económicamente del Oficial, o de los inválidos absolutos.
por haber conseguido la independencia económica antes de cumplir los 21 años.
2° Para las mujeres:
Por muerte.
Por matrimonio.
Por profesión religiosa.