Resoluciones de la Dirección General y documentación. Las prestaciones sociales del personal de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional, en actividad o por causa de retiro o sus beneficiarios en caso de fallecimiento, y cuyo pago deba hacerse por el Tesoro Público, serán reconocidas mediante resolución de la Dirección General, con base en los siguientes documentos
Hoja de Servicios
Certificado de haberes percibidos por el interesado durante el último mes, sobre los cuales debe hacerse la liquidación correspondiente;
Partidas de origen civil o eclesiástico, tomadas, preferencialmente de la hoja de vida del Oficial o Suboficial; d) cese policial del interesado; e) Certificado de supervivencia de les interesados, cuando el caso lo requiera; f) Certificado de aptitud sicofisica, para retiro del interesado o constancia de su inasistencia a la práctica de exámenes médicos expedido por la Sanidad de la Policía; g) fotocopia autenticada de la cédula de ciudadanía de la tarjeta de identidad o constancia de encontrarse en tramite, correspondiente al interesado o a los beneficiarios, según el casó; h) Disposiciones que suspenden en el ejercicio de funciones y atribuciones y las que lo restablecen, cuando a ello haya jugar; i) Las demás pruebas que sean necesarias para el reconocimiento de prestaciones.