°. Modifíquese el artículo 7.3.1.1.3 del Decreto número 2555 de 2010 el cual quedará así: “ Artículo 7.3.1.1.3. Deber de asesoría frente a los clientes inversionistas. En adición a los deberes consagrados en el artículo anterior, los intermediarios de valores en desarrollo de las actividades de intermediación previstas en los numerales 1 y 2 del artículo 7.1.1.1.2 del presente decreto tendrán que cumplir con el deber de asesoría para con sus clientes inversionistas. Para el efecto, deberán aplicar lo dispuesto en el Libro 40 de la Parte 2 del presente decreto”:
Decreto 661 de 2018 →Vigente
Artículo 9
Modifíquese El Artículo 7
Decreto 661 de 2018 · por el cual se modifica el Decreto número 2555 de 2010 en lo relacionado con la actividad de asesorÃa y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.