Micelio

Artículo 54

Decreto 339 de 1905 · Que fija el procedimiento para arrendar la Renta de Licores creada por el Decreto legislativo número 41 del año en curso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 54. El alcohol y aguardiente que se den á la venta deben ser de buenas calidades, en términos que éstos no bajen de 20º y aquél pueda encontrarlo el comercio desde 36º hasta 40º; quedando la Junta Directiva ampliamente facultada para inspeccionar las operaciones que el arrendatario efectúe en la producción de ellos.

Parágrafo

La infracción de lo prevenido en este artículo será castigada con una multa de cien á doscientos pesos oro, que impondrá el Prefecto de la respectiva Provincia ó su representante legal á los rematadores, quienes pueden apelar de esta resolución ante el Gobernador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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