Micelio

Artículo 6

Previa Solicitud A Los Herederos, Legatarios Y Albaceas De Explicaciones E Informaciones, La División De Impuestos Nacionales Procederá A Practicar La Revisión De Que Trata El Artículo 8° De La Ley 21 De 1963, O A Hacer El Aforo A Que Se Refiere El Artículo 28 Del Decreto-Ley 1651 De 1961 Cuando En Los Inventarios Aparezcan Bienes No Declarados Por El Causante O Por Su Cónyuge

Decreto 1887 de 1963 · Por el cual se reglamentan los artículos 7° y 8° de la Ley 21 de 1963, y se dictan otras disposiciones sobre impuestos sucesorales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Previa solicitud a los herederos, legatarios y albaceas de explicaciones e informaciones, la División de impuestos Nacionales procederá a practicar la revisión de que trata el artículo 8° de la Ley 21 de 1963, o a hacer el aforo a que se refiere el artículo 28 del Decreto-ley 1651 de 1961 cuando en los inventarios aparezcan bienes no declarados por el causante o por su cónyuge.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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