Micelio

Artículo 3

La Corporación Tendrá Un Gerente General De Libre Nombramiento Y Remoción Del Presidente De La República, Y Un Gerente, Nombrado Por La Junta Directiva Con La Aprobación Del Gobierno, Para Cada Uno De Los Siguientes Departamentos De Que Se Compondrá La Entidad: A) Departamento De Aguas Y Fomento Eléctrico

Decreto 529 de 1956 · Por el cual se aclara el Decreto 2956 de 1955, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Corporación tendrá un Gerente General de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República, y un Gerente, nombrado por la Junta Directiva con la aprobación del Gobierno, para cada uno de los siguientes Departamentos de que se compondrá la entidad

a)

Departamento de Aguas y Fomento Eléctrico.

b)

Departamento de Vivienda.

c)

Departamento de Acueductos y Alcantarillados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 529 de 1956