A partir de la fecha del presente Decreto y en el término de un mes, todos los establecimientos oficiales de educación, enviarán al respectivo Departamento del Ministerio, una lista completa del equipo que se exige a los alumnos, junto con el dato del promedio de precio de costo, a fin de que el Ministerio pueda hacer un estudio detenido sobre tales exigencias y ver la manera de reducirlas a su mínimo.
Artículo 19
A Partir De La Fecha Del Presente Decreto Y En El Término De Un Mes, Todos Los Establecimientos Oficiales De Educación, Enviarán Al Respectivo Departamento Del Ministerio, Una Lista Completa Del Equipo Que Se Exige A Los Alumnos, Junto Con El Dato Del Promedio De Precio De Costo, A Fin De Que El Ministerio Pueda Hacer Un Estudio Detenido Sobre Tales Exigencias Y Ver La Manera De Reducirlas A Su Mínimo
Decreto 1194 de 1949 · Por el cual se reglamenta el uso de algunos bienes del Estado, dependientes de los establecimientos de educación
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.