Micelio

Artículo 19

A Partir De La Fecha Del Presente Decreto Y En El Término De Un Mes, Todos Los Establecimientos Oficiales De Educación, Enviarán Al Respectivo Departamento Del Ministerio, Una Lista Completa Del Equipo Que Se Exige A Los Alumnos, Junto Con El Dato Del Promedio De Precio De Costo, A Fin De Que El Ministerio Pueda Hacer Un Estudio Detenido Sobre Tales Exigencias Y Ver La Manera De Reducirlas A Su Mínimo

Decreto 1194 de 1949 · Por el cual se reglamenta el uso de algunos bienes del Estado, dependientes de los establecimientos de educación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la fecha del presente Decreto y en el término de un mes, todos los establecimientos oficiales de educación, enviarán al respectivo Departamento del Ministerio, una lista completa del equipo que se exige a los alumnos, junto con el dato del promedio de precio de costo, a fin de que el Ministerio pueda hacer un estudio detenido sobre tales exigencias y ver la manera de reducirlas a su mínimo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1194 de 1949