Micelio

Artículo 14

Decreto 2559 de 1991 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del Comité de Clasificación de Películas y se dictan otras disposiciones para el sector cinematográfico.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos del registro para las salas de exhibición cinematográfica . Para obtener el registro de que trata el artículo anterior, el propietario o responsable de la explotación de la sala de exhibición cinematográfica deberá presentar

1.

Solicitud escrita elevada por el interesado o su apoderado, acompañada del formulario, debidamente deligenciado, que para el efecto expida el Ministerio de Comunicaciones.

2.

Recibo de pago a favor del Fondo de Comunicaciones por una suma equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales diarios. El registro establecido en este capítulo será de carácter permanente y la Dirección General de Comunicación Social lo otorgará dentro de los quince (15) días siguientes a la presentación de la solicitud en debida forma, de conformidad con las normas previstas en el Código Contencioso Administrativo, o las normas que lo modifiquen o adicionen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2559 de 1991