Micelio

Artículo 3

Las Partidas De Los Artículos 232 Y 233 De La Ley De Apropiaciones Vigente, Para Súeldos Y Becas Y Pensiones Alimenticias En La Escuela Normal De Varones De Barranquilla, Se Distribuyen Así: A) Sueldos, Artículo 232, Capítulo 47

Decreto 508 de 1937 · Por el cual se distribuyen varias partidas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las partidas de los artículos 232 y 233 de la Ley de Apropiaciones vigente, para súeldos y becas y pensiones alimenticias en la Escuela Normal de Varones de Barranquilla, se distribuyen así: A) Sueldos, Artículo 232, capítulo 47. Mensual. En el año . Del Rector, a $ 250.00 3,000.00 Del Vicerrector, a 160.00 1,920.00 Del Secretario Tesorero, a 150.00 1,800.00 Del Director de la Escuela Tipo, a 150. 00 1,800.00 De seis profesores internos, a $ 130 cada uno 780. 00 9,360.00 De cuatro profesores de la Escuela Tipo, a $ 100 cada uno 400. 00 4,800.00 Del profesor de Cultura Física, a 100. 00 1,200.00 De ocho profesores, a $ 35 cada uno 280. 00 3,360.00 Del profesor de Música y Canto, a 50, 00 600.00 Del Capellán, a 50.00 600.00 t)el Dentista profesor, a 50.00 600.00 Del Médico profesor, a 60.00 720.00 Del Dactilógrafo Bibliotecario, a 60.00 720.00 De la Enfermera, a 30.00 360.00 Del Portero principal, a 40.00 480.00 Del Portero auxiliar, a 25.00 300.00 Del mandadero, a 20.00 240.00 Para pago del servicio administrativo, según distribución que hará el Rector 3,740.00 Tota $ 35,600.00 B) Becas y pensiones alimenticias. Artículo 233 , capítulo 47. Ochenta y ocho becas, a $ 20 cada una, en nueve meses $ 1,760.00 15,840.00 Doce becas, a $ 20 cada una, en cuatro meses 240.00 960.00 Quince pensiones para el personal docente, a $ 20 cada una 300.00 3;600.00 Para alimentación del personal de servicio administrativo, porteros y mandadero, según distribución que hará el Rector 2,000.00 Total $ 22,400.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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