Micelio

Artículo 1

Autorízase Al Municipio De Palestina (Caldas), Para Vender, Previo Avalúo Y En Pública Subasta, Los Siguientes Inmuebles: A) La Finca Rural Llamada "las Mesitas", Situada En El Paraje De "la Plata" En El Mismo Municipio, Y Alinderada Así: De Un Mojón De Piedra Que Está En La Orilla De La Carretera Que De Palestina Conduce A Santágueda, En La Boca De Una Chamba, Tomando La Carretera Como Punto De Partida; Se Gira Por Ésta Hacia La Izquierda, Y En Dirección Hacia Palestina, Hasta Llegar A La Boca De Una Chamba Vieja, Lindero Con El Predio "edén", Propiedad De Marco Quintero E

Decreto 2911 de 1955 · Por el cual se confiere una autorización al Municipio de Palestina (Caldas)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1º. Autorízase al Municipio de Palestina (Caldas), para vender, previo avalúo y en pública subasta, los siguientes inmuebles

a)

La finca rural llamada "Las Mesitas", situada en el paraje de "La Plata" en el mismo Municipio, y alinderada así: De un mojón de piedra que está en la orilla de la carretera que de Palestina conduce a Santágueda, en la boca de una chamba, tomando la carretera como punto de partida; se gira por ésta hacia la izquierda, y en dirección hacia Palestina, hasta llegar a la boca de una chamba vieja, lindero con el predio "Edén", propiedad de Marco Quintero E., hasta llegar a la mitad de una chamba, en donde hay un mojón de piedra, lindero con predio de Eustaquio Botero H., y predio de Marco Quintero E., chamba arriba hasta su filo; se sigue hacia abajo, lindando con propiedad de Eustaquio Botero H., en la esquina de un cafetal nuevo; siguiendo el lindero, con predio del mismo Eustaquio Botero H., por la cabecera del expresado cafetal, siguiendo en línea recta hacia abajo atravesando el camino que de Palestina conduce al cacerío de "La Plata", con dirección a este Municipio; se sigue yendo de para abajo, hasta una quebradita, lindero con predio de Eustaquio Botero y José María Uribe Mejía; de aquí en línea recta, por un alambrado arriba hasta un mojón de piedra que se encuentra en el desemboque de una chamba, lindero con José María Uribe Mejía; chamba arriba hasta un mojón de piedra que está en el centro de la misma chamba; de aquí, de travesía, siguiendo un alambrado, en existencia de cuadra y media más o menos, hasta llegar al caserío de "La Plata", se sigue el camino hasta encontrar la boca de una chamba, lindero con predio de Luciano Jaramillo E.; chamba abajo hasta una quebradita, lindero con Luciano Jaramillo E., y propiedad de Salomón García Quintero; de aquí hacia abajo, hasta una quebradita; se sigue quebradita arriba en una extensión de cuadra y media, más o menos, lindando con Salomón García y predio de la sucesión de Nacianceno García Giraldo; se sigue de travesía bordeando un surco de árboles de quiebrabarriga, hasta un mojón que está al pie de una puerta de trancas; se llega al centro de esta puerta donde hay un camino de servidumbre de tránsito; se sigue a la derecha y de para abajo, por el mismo camino, hasta encontrar un mojón de piedra que hay a la derecha del camino en referencia; de este mojón línea récta, hasta salir al mismo camino de servidumbre de tránsito, hasta un mojón de piedra que está al pie de un nogal árbol, a la orilla del camino; de quiebrabarriga, que está al pie de una puerta de golpe; siguiendo a la derecha, por un alambrado abajo, bordeando el cafetal y luégo un potrero, hasta donde termina dicho alambrado, en la orilla de la quebrada de "La Plata", lindando con predio de Marco Quintero E., se sigue por la quebrada de "La Plata", de para arriba, hasta llegar a un mojón de piedra que está donde le desemboca una quebradita, lindero con propiedad de Marco Quintero E., siguiendo quebrada arriba, hasta llegar a otra quebradita que le desemboca subiendo por la derecha; siguiendo esta última quebradita, de para arriba, hasta llegar a un mojón de piedra que se clavó al pie de un quiebrabarriga, que está en el cerco de un alambrado que divide el potrero del espinazo y el potrero de la casa mojón que está a unos tres metros de la quebrada; de aquí, en línea recta subiendo hasta llegar a un piedra o peñol que está en la orilla de un barranco; se sigue en línea recta hasta llegar a un mojón de piedra que se clavó en el camino o servidumbre de tránsito que tenía "Las Mesitas" con destino a la casa principal, y que era de uso de la misma finca; continuando línea recta, hasta llegar a un mojón de piedra que está sobre un barranco a la orilla de la quebrada; quebrada arriba, hasta su nacimiento; de aquí a la boca de una chamba, donde se encuentra un mojón de piedra que está a la orilla de la carretera que de Palestina conduce a Santágueda, punto de partida.

b)

Un solar en el área urbana de la población, que mide media cuadra de frente por una cuadra de centro, en el cual hay una casa de media cuadra de frente por diez y nueve (19) varas de centro, cuya construcción es de bahareque y teja de barro. Los linderos del mencionado solar son los siguientes: Por el frente y dos costados, con calles públicas, y por el otro costado, con propiedad del señor Antonio Corrales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2911 de 1955