º Establécese a partir del 1º de enero de 1983, la siguiente escala de remuneración para los empleos del sector técnico-aeronáutico: Grado Asignación Básica 01 13.000 02 13.900 03 15.650 04 16.900 05 18.000 06 20.300 07 21.900 08 24.200 09 25.800 10 28.500 11 30.800 12 33.500 13 36.300 14 38.600 15 41.200 16 43.500 17 46.400 18 48.600 19 51.050 20 53.350 21 55.751 22 58.050 23 60.600 24 63.250 25 66.150 26 68.600
Decreto 276 de 1983 →Vigente
Artículo 1
Establécese A Partir Del 1º De Enero De 1983, La Siguiente Escala De Remuneración Para Los Empleos Del Sector Técnico-Aeronáutico: Grado Asignación Básica 01 13
Decreto 276 de 1983 · Por el cual se establece la escala de remuneración de los empleados del sector técnico-aeronáutico y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.