Micelio

Artículo 31

Ley 86 de 1946 · Sobre propiedad intelectual

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A menos de haberse estimulado expresamente otra cosa, el productor de la película cinematográfica puede proyectarla aun sin el consentimiento del autor del argumento o del compositor, sin perjuicio de los derechos que surjan de la colaboración.

El autor del argumento, por su parte tiene derecho de publicarlo separadamente y de sacar de él una obra literaria o artística de otra especie.

El compositor, a su vez, puede publicar y ejecutar separadamente la música.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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