De las exenciones concedidas en el inciso 3.° del artículo anterior, no gozarán los Cónsules jenerales, Cónsules, Vicecónsules i Ajentes consulares que fueren ciudadanos de la Nacion en que residen, o que ejerzan el comercio u otra industria, aunque sean ciudadanos de la Nacion a que sirven.
Decreto 18730616 de 1873 →Vigente
Artículo 7
Decreto 18730616 de 1873 · por el cual se promulga como lei colombiana la "Convencion consular" (de 20 de enero de 1870) #entre los Estados Unidos de Colombia i el Perú.".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.