"Artículo 502-1. Otras causales de aprehensión. Cuando se introduzcan al resto del territorio aduanero nacional mercancías procedentes de las Zonas de Régimen Aduanero Especial, bajo la modalidad de envíos o de viajeros, con precios inferiores a los precios oficiales o al margen inferior de los precios estimados establecidos por la Dirección de Aduanas, habrá lugar a su aprehensión y decomiso". En estos casos no procede la corrección de la Factura de Nacionalización, ni la legalización de la mercancía."
Decreto 2685 de 1999 →Vigente
Artículo 502-1
Decreto 2685 de 1999 · por el cual se modifica la Legislación Aduanera
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
adicionado (verif_articulado: adiciónase el decreto 2685 de 1999 con el siguiente artículo: "artículo 502-1) por decreto 1161/02 adicionado por decreto 1161/02 modificado (verif_articulado: modifícase el artículo 502-1 del decreto 2685 de 1999) por decreto 4431/04
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.