°. Condiciones de aplicación. La aplicación de los recursos de que trata el presente decreto está sujeta a las siguientes condiciones
El creador o gestor cultural debe estar acreditado como tal, de conformidad con las disposiciones que para tal fin establezca el Ministerio de Cultura.
El creador o gestor cultural debe estar afiliado al Régimen Subsidiado en la entidad territorial donde resida y que tenga creada la estampilla "Procultura". De no estar afiliado deberá surtir el proceso de afiliación respectivo de conformidad con la normatividad vigente.
El beneficio de cofinanciación previsto en el presente decreto sólo será aplicable mientras se conserve la condición de creador o gestor cultural y resida en la entidad territorial que tenga creada la estampilla "Procultura".