Micelio

Artículo 2

º

Decreto 535 de 1994 · Por el cual se corrigen unos yerros mecanográficos en los Decretos 2495 y 2511 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2 º. El artículo 30 del decreto 2511 de 1993, quedará así: ARTICULO 30. Plazo para presentar la información. El plazo para presentar la información a que se refieren los artículo 623, 624, 625, 628 y 629 del Estatuto Tributario, correspondiente al año gravable 1993, será hasta el 1º de julio de 1994, de acuerdo a las condiciones y características técnicas establecidas por la Unidad Administrativa Especial -Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 535 de 1994