Micelio

Artículo 1.10.6.1

Circular 100-000002 de 2022 · por la cual es necesario establecer instrucciones que fijen criterios técnicos y jurídicos que guíen, pr

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Certificado del Registro Nacional de Turismo. El certificado del RNT contendrá la siguiente información: - Número de inscripción en el RNT, el cual corresponde al número único que en orden - Nombre, dirección y municipio del establecimiento de comercio o lugar donde se presta el servicio, salvo en los casos previstos en la ley. - Nombre del prestador y número de identificación. - Categoría y/o subcategoría cuando haya lugar a ella, del prestador de servicios turísticos. - Fecha de expedición y vigencia del registro. - Fecha de la primera inscripción en el registro. - Logo que identifica a la cámara de comercio y firma del representante legal o de la persona autorizada que expidió el certificado. - Número de la tarjeta profesional para los guías de turismo. - Los demás que establezca la ley y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, según el tipo de prestador. Normas concordantes: Artículo 2.2.4.1.1.10. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, modificado por el Decreto 1836 de 2021.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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