° El sueldo de este empleado será el que le fija la Ley 27 de 1896, como Secretario de Legación de primera Clase. Comuníquese y publíquese. Dedo en Bogotá., á 18 de Enero de 1910 RAMON GONZALEZ VALENCIA El Ministro de Relaciones Exteriores, carlos CALDERON
Decreto 30 de 1910 →Vigente
Artículo 2
° El Sueldo De Este Empleado Será El Que Le Fija La Ley 27 De 1896, Como Secretario De Legación De Primera Clase
Decreto 30 de 1910 · Por el cual se adscriben unas funciones y se fija un sueldo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.