Micelio

Artículo 4

Ley 19 de 1894 · En desarrollo del artículo 208 de la Constitución

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cuando se trate de la apertura de un crédito, extraordinario, el expediente debe contener:

1.° Constancia de los motivos que hayan impedido solicitar el crédito del Congreso, ya en la Ley de Presupuestos ó en una ley especial;

2.° Cuantía detallada del gasto de que se trata;

3.° Razones justificadas de la necesidad de hacer el gasto y de los inconvenientes y perjuicios que resultarían si se omitiera; y

4.° Si el crédito se hubiere pedido al Congreso y este no lo hubiere concedido, se hará constara el curso que tuvo el asunto en las Cámaras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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