Se consideran causales para la pérdida al derecho a la condecoración las siguientes:
Haber sido condenado a pena corporal aflictiva por Jueces o Tribunales Ordinarios o Extraordinarios;
Por la Comisión de Actos degradantes o repudiables que hagan, a juicio del Consejo, a quien los cometa, indigno de pertenecer a una Corporación de Honor;
Por usar una condecoración superior a aquélla a que le haya sido conferida;
Por inexactitud comprobada de los hechos y elementos de juicio que sirvieron al Consejo para conferirle;
Por difamación del país en el exterior.