Son funciones de la División de Salud Ocupacional
Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores de las dependencias a su cargo;
Programar las actividades a desarrollar en materia de Medicina, Seguridad e Higiene en el Trabajo;
Coordinar con el Ministerio de Salud Pública y demás entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales las actividades a desarrollar en lo relacionado con la Salud Ocupacional;
Interpretar administrativamente las disposiciones sobre Medicina del Trabajo;
Servir como cuerpo técnico de consulta y pericial a la justicia ordinaria de trabajo, la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y las entidades oficiales que se ocupen de la materia, en la solución de los problemas relacionados con 1a Medicina Laboral, de acuerdo con las disposiciones legales;
Aprobar o improbar los reglamentos de Higiene y Seguridad Industrial de las diferentes empresas del país;
Realizar conjuntamente con organismos públicos o privados, campañas de divulgación sobre prevención y control de los riesgos profesionales;
Sancionar a quienes violen las normas legales y reglamentarias en materia de Medicina, Seguridad e Higiene en el Trabajo;
Asesorar al Director General en los problemas propios de la División, y J) Ejercer las atribuciones que ¡e confiere la ley o que le sean adscritas o delegadas.