Micelio

Artículo 8

Ley 67 de 1946 · Por la cual se modifica el impuesto sobre venta de oro físico y se dictan otras disposiciones relacionadas con la renta proveniente de la explotación de oro y metales preciosos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Establécese una deducción especial de la renta bruta proveniente de la explotación de minas de oro y metales preciosos por concepto de reserva para trabajos de exploración, prospectación y estudio de nuevas zonas equivalente al cinco por ciento (5%) de la renta bruta tal como se define en el artículo 4º.

Parágrafo

Esta reserva no podrá destinarse a fines distintos de los indicados en este artículo, y en el caso de que se diere empleo diferente el contribuyente perderá el derecho al reconocimiento de esta deducción en el futuro y sin perjuicio de pagar el impuesto sobre las reservas de que se haya dispuesto con violación de esta disposición acumuladas a la renta del año en que se conozca la diferente destinación o empleo que se les haya dado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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