Micelio

Artículo 19

Los Oficiales, Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares En Servicio Activo Destinados En Comisión A1 Exterior, Tendrán Derecho Al Pago De Sus Haberes En La Siguiente Forma: A) Sueldo Básico Y Gastos De Representación A Razón De Un Dólar Por Cada Peso, Y B) Primas Y Demás Partidas De Su Asignación Mensual En Pesos Colombianos

Decreto 325 de 1961 · Por el cual se fijan asignaciones a los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales, y Suboficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo destinados en comisión a1 Exterior, tendrán derecho al pago de sus haberes en la siguiente forma

a)

Sueldo básico y gastos de representación a razón de un dólar por cada peso, y

b)

Primas y demás partidas de su asignación mensual en pesos colombianos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 325 de 1961