º. La solicitud debe ser presentada personalmente por el interesado en Bogotá en la oficina de radicación de negocios del Ministerio de Comercio e Industrias. Si residiere fuera de Bogotá, podrá hacer esa presentación ante un Juez o el Alcalde de su vecindad y remitirla al Ministerio con la correspondiente constancia.
Decreto 987 de 1949 →Vigente
Artículo 5
La Solicitud Debe Ser Presentada Personalmente Por El Interesado En Bogotá En La Oficina De Radicación De Negocios Del Ministerio De Comercio E Industrias
Decreto 987 de 1949 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto número 2332 de 1947, reglamentario de la Ley 48 de 1946 sobre representantes y agentes viajeros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.