Micelio

Artículo 154

Los Animales Que Mueran Durante El Transporte O En Los Corrales, Cualquiera Que Sea La Causa De Su Muerte, Serán Decomisados Totalmente Por Orden Del Médico Veterinario Inspector Sanitario, Quienes Decidirán Sobre Su Aprovechamiento Industrial O Su Desnaturalización

Decreto 2278 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Titulo V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano, y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los animales que mueran durante el transporte o en los corrales, cualquiera que sea la causa de su muerte, serán decomisados totalmente por orden del Médico Veterinario Inspector Sanitario, quienes decidirán sobre su aprovechamiento industrial o su desnaturalización.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2278 de 1982