Micelio

Artículo 2.2.9.1.2

Conformación Del Comité

Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conformación del comité. El Comité Interinstitucional estará integrado por los siguientes miembros:

1.

El Director o directora de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), o su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Director o directora de Patrimonio y Memoria del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes o su delegado, quien se desempeñará como secretaría técnica.

3.

El Director o directora del Instituto Colombiano de Antropología e Historia o su delegado.

4.

El Director o directora del Archivo General de la Nación o su delegado.

5.

El Director o directora del Servicio Geológico Colombiano o su delegado.

Parágrafo 1

Serán invitados permanentes, con derecho a voz, pero sin voto.

1.

Un delegado o delegada del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE).

2.

Un delegado o delegada de la Fiscalía General de la Nación (FGN).

3.

Un delegado o delegada de la Procuraduría General de la Nación (PGN).

4.

Un delegado o delegada de la Armada Nacional de Colombia (ARC).

5.

Un delegado o delegada de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) - Policía Nacional de Colombia (PONAL).

6.

Un delegado o delegada de la Dirección de Protección y Servicios Especiales (DIPRO) - Policía Nacional de Colombia (PONAL).

7.

Un delegado o delegada de la Policía Fiscal y Aduanera de Colombia (POLFA) - Policía Nacional de Colombia (PONAL).

8.

Un delegado o delegada de la Aeronáutica Civil (Aerocivil). 9. Un delegado o delegada de la Dirección de Impuestos y Aduanas (DIAN).

Parágrafo 2

A las sesiones del comité podrán asistir funcionarios o colaboradores de las entidades que la conforman y que estén relacionados de manera directa con las funciones que desarrollará, quienes tendrán voz, pero no voto.

Parágrafo 3

El comité podrá invitar a sus sesiones a las personas, entidades públicas y privadas, así como a naciones y organizaciones internacionales que estime conveniente, quienes tendrán voz, pero no voto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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