Micelio

Artículo 1

º La Superintendencia Bancaria Investigará Y Sancionará, De Conformidad Con Lo Establecido En El Presente Decreto, A Las Instituciones Sometidas A Su Control Y Vigilancia Que, En Su Condición De Intermediarios Del Mercado Cambiario, Incurran En Incumplimiento De Las Siguientes Obligaciones Señaladas En El Régimen De Cambios: A) Las Relacionadas Con La Verificación Del Cumplimiento De Los Requisitos Y Condiciones En Que Deben Efectuarse Las Operaciones De Compra O Venta De Divisas, Cualquiera Que Sea Su Modalidad

Decreto 2578 de 1991 · por el cual se modifica el régimen sancionatorio y el procedimiento administrativo cambiario a seguir por la Superintendencia de Cambios y por la Superintendencia Bancaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Superintendencia Bancaria investigará y sancionará, de conformidad con lo establecido en el presente Decreto, a las instituciones sometidas a su control y vigilancia que, en su condición de intermediarios del mercado cambiario, incurran en incumplimiento de las siguientes obligaciones señaladas en el régimen de cambios: a) Las relacionadas con la verificación del cumplimiento de los requisitos y condiciones en que deben efectuarse las operaciones de compra o venta de divisas, cualquiera que sea su modalidad. b) las relativas a la exigencia, conservación y suministro de información y de documentos. c) Las vinculadas con el cumplimiento de los límites de posición propia en moneda extranjera, lo mismo que los que se establezcan para los activos o pasivos en dicha moneda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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