Cinturones. Son dos: de sociedad y campaña. El de sociedad, de hilo de plata, con los colores nacionales, de cinco centímetros de ancho, forrado de paño azul, con chapa de metal dorado, sobre la cual va el escudo nacional en relieve, rodeado de una corona de laurel. Del cinturón de los Generales pende una faja lateral izquierda, de veinticinco centímetros de largo, del misino ancho del cinturón. Con dos borlas de canelón dorado, en los extremos. El de campaña es de cuero rojo oscuro (modelo universal), de seis centímetros de ancho, con una correa que va terciada sobre el hombro derecho, por debajo de la hombrera derecha; las hebillas de las correas, mosquetones, etc, son de metal pavonado; la hebilla central es rectangular, con las esquinas redondas.
Decreto 333 de 1937 →Vigente
Artículo 15
Cinturones
Decreto 333 de 1937 · Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.