°. Límite individual . El monto máximo de recursos que el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, podrá destinar a cada uno de los aportes de capital en empresas y proyectos específicos no podrá exceder del cincuenta por ciento (50%) del límite señalado en el artículo anterior.
Decreto 712 de 2004 →Vigente
Artículo 3
Límite Individual
Decreto 712 de 2004 · por el cual se reglamenta el artículo 132 de la Ley 101 de 1993, adicionado por el artículo 3° de la Ley 811 de 2003.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.