Micelio

Artículo 9

El Subsidio De Alimentación Para Los Servidores Públicos Que Perciben Una Asignación Básica Mensual No Superior A Un Millón Doscientos Cincuenta Y Seis Mil Ochocientos Cincuenta Y Nueve Pesos ($1

Decreto 19 de 2014 · por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El subsidio de alimentación para los servidores públicos que perciben una asignación básica mensual no superior a un millón doscientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y nueve pesos ($1.256.859) moneda corriente será de: cuarenta y seis mil seiscientos treinta pesos ($46.630) moneda corriente mensuales, pagaderos por la entidad correspondiente. No se tendrá derecho a este subsidio durante el tiempo que el empleado disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio del cargo o cuando la entidad suministre la alimentación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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