°. Funciones del Consejo Filatélico . Son funciones del Consejo Filatélico las siguientes
Proponer las políticas, estrategias y acciones que deban aplicarse para la producción, comercialización, y uso de las estampillas que el Gobierno Nacional emita para la operación postal y las que contribuyan al fomento de una cultura filatélica y postal en el país y a su proyección internacional.
Recomendar los criterios que se tendrán en cuenta para aprobar o improbar las emisiones que le sean presentadas por la Secretaría técnica del Consejo; para acordar el Plan anual de emisiones y determinar las especificaciones técnicas de su producción.
Examinar y conceptuar sobre el proyecto de emisiones postales que para cada anualidad presente a su consideración la Secretaría Técnica del Consejo, con base en las necesidades operativas de los servicios postales, y las solicitudes de emisión que formulen las entidades públicas, privadas o la ciudadanía en general.
Proponer la producción de las especies postales consistentes en sellos individuales, series, hojas filatélicas u otras marcas, cuando la solicitud no amerite la emisión de un sello postal, de acuerdo con las características de las emisiones y su naturaleza operativa, conmemorativa o institucional; las cantidades, diseños, tamaños y valor facial y total de cada emisión.
Definir las condiciones en las que la Secretaría Técnica del Consejo Filatélico debe realizar el seguimiento sobre la producción y circulación de las emisiones postales, verificar el cumplimiento de los estándares establecidos por el Consejo en relación con la calidad de impresión, la estética en el diseño, la seguridad en su presentación y su comercialización y uso postal.
Las demás inherentes al cumplimiento de los objetivos del Consejo Filatélico.