Micelio

Artículo 9

Funciones De La Comisión

Decreto 1162 de 2010 · por el cual se organiza el Sistema Administrativo Nacional de Propiedad Intelectual y se crea la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Comisión. La CIPI tendrá las siguientes funciones

1.

Coordinar y orientar el Sistema Administrativo Nacional de Propiedad Intelectual.

2.

Coordinar y orientar las políticas comunes de las entidades que forman parte del Sistema Administrativo Nacional de Propiedad Intelectual y su ejecución, con el propósito de lograr un nivel adecuado de protección, uso y promoción de los derechos de propiedad intelectual, incrementando su impacto en la competitividad y productividad del país, con equilibrio entre los derechos de los titulares, el interés público y los intereses de los usuarios del conocimiento, los bienes protegidos y la riqueza cultural nacional.

3.

Promover la adopción de medidas tendientes a lograr un mejor aprovechamiento por parte de los usuarios de la información existente en el Sistema Administrativo Nacional de Propiedad Intelectual.

4.

Coordinar las iniciativas y acciones de las entidades que conforman el Sistema Administrativo Nacional de Propiedad Intelectual y propiciar su interrelación con el sector privado y sociedad civil.

5.

Articular las acciones de las entidades que conforman el Sistema Administrativo Nacional de Propiedad Intelectual y propender por la definición de una posición de Gobierno sobre los temas de su competencia.

6.

Evaluar el impacto de las políticas de propiedad intelectual sobre la competitividad y productividad del país y sobre los titulares y usuarios de los derechos de propiedad intelectual, sin interferir en las funciones de cada entidad en estas materias.

7.

Apoyar al Sistema Administrativo Nacional de Política Exterior y Relaciones Internacionales en su objetivo de generar una visión transversal, eficiente y de largo plazo en materia de propiedad intelectual en el ámbito internacional.

8.

Proponer mecanismos de articulación del Sistema Administrativo Nacional de Propiedad Intelectual y del Sistema Administrativo Nacional de Competitividad para la ejecución de las políticas y estrategias en materia de propiedad intelectual, en temas como la regionalización de dichas políticas y estrategias.

9.

Definir procedimientos de coordinación con otros sistemas administrativos.

10.

Facilitar el flujo de información entre las entidades que la conforman.

11.

Expedir su propio reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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