Son funciones del Secretario Económico
Asistir al Presidente de la República en las actuaciones relacionadas con problemas económicos y fiscales y llevar minutas detalladas de tales actuaciones, minutas que deben mantenerse al día con la anotación de las providencias que sobre cada uno de dichos problemas adopte el Gobierno;
Participar, conforme alas instrucciones del Presidente, en la programación de la política económica;
Mantener contacto personalmente con los organismos de planeación, las autoridades monetarias y las de comercio exterior;
Estudiar los informes periódicos u ocasionales que sobre asuntos económicos deban suministrar a la Presidencia los organismos públicos, los que se soliciten de entidades o personas privadas y las comunicaciones de ese mismo carácter que se reciban en la Presidencia, para presentarlas con las anotaciones y datos pertinentes a la consideración del Presidente de la República;
Allegar la documentación de carácter económico que le solicite el Presidente de la República y llevar para consulta del mismo los indicadores económicos que se determinen en los respectivos reglamentos;
Tramitar la correspondencia de carácter económico que le encomienden el Presidente de la República y el Secretario General;
Coordinar las reuniones de carácter económico que convoque el Presidente de la República y elaborar una relación de ellas;
Atender las audiencias que le señalen el Presidente de la República y el Secretario General, e
Las demás que el Presidente de la República le asigne.