Evaluación, negociación y suscripción del acuerdo. Las etapas de evaluación, negociación y suscripción de acuerdos unilaterales deberán finalizar en el término de dos (2) años contados a partir de la fecha de aceptación de la solicitud de que trata el artículo 1.2.2.4.4 de este decreto. Transcurrido dicho plazo sin haberse suscrito el acuerdo, la propuesta podrá entenderse desestimada. Para el caso de acuerdos bilaterales o multilaterales, el término de las etapas de evaluación, negociación y suscripción, estará sujeto al tiempo requerido por las autoridades competentes de los estados involucrados en el proceso. De conformidad con el artículo 260-10 del Estatuto Tributario, no procederá recurso alguno contra los actos que se profieran durante las etapas previas a la suscripción del acuerdo.
Decreto 1625 de 2016 →Vigente
Artículo 1.2.2.4.5
Evaluación, Negociación Y Suscripción Del Acuerdo
Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.