En cumplimiento de lo establecido en la Constitución Política, los recaudos que se efectúen durante la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022 con ocasión de la creación de las nuevas rentas o a la modificación de las existentes realizadas mediante la presente ley, se deberán incorporar, en la parte correspondiente, al presupuesto de rentas y recursos de capital de dicha vigencia, con el objeto de equilibrar el presupuesto de ingresos con el de gastos.
Ley 2155 de 2021 →Vigente
Artículo 64
Financiación Del Monto De Los Gastos De La Vigencia Fiscal 2022
Ley 2155 de 2021 · "Por medio de la cual se expide la ley de inversión social y se dictan otras disposiciones"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.