Micelio

Artículo 12

Ley 385 de 1997 · por la cual se reglamenta la profesión de Ingeniero Naval y profesiones afines en el territorio nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las faltas contra la ética profesional en que incurran los Ingenieros Navales y Profesionales Afines, serán sancionados por los Consejos Profesionales de cada especialidad, sin perjuicio de lo que dispongan las leyes vigentes y las disposiciones en este artículo.

Los Ingenieros Navales y Profesionales Afines asumen ante la sociedad y el Estado una amplia responsabilidad por las decisiones, recomendaciones o propuestas a nivel profesional que realicen y homologuen con su firma y numero de tarjeta profesional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 385 de 1997