Micelio

Artículo 2

El Primer Crédito Imputable A Este Empréstito, Que Tendrá Un Valor De Mil Seiscientos Millones De Pesos ($ 1

Decreto 1422 de 1986 · Por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El primer crédito imputable a este empréstito, que tendrá un valor de mil seiscientos millones de pesos ($ 1.600.000.00O.00 y se destinará a la suscripción de acciones del Banco de Caldas S. A.; se otorgará en los siguientes términos: - El plazo total será de seis (6) años y se causarán intereses al 6% anual, en promedio, durante todo el plazo. A partir del vencimiento del segundo año, se harán abonos a capital e intereses, en tal forma que el pago del capital y los intereses se haga en cinco (5) cuotas anuales iguales.

Parágrafo

Para los desembolsos posteriores, el Comité Nacional determinará la destinación y las condiciones de los empréstitos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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