º Son funciones del Departamento Nacional de Conservación de Carreteras y Puentes las siguientes
Dirigir y supervigilar el funcionamiento de las Zonas de Conservación de Carreteras y Puentes en que se divide o está dividido el territorio nacional;
Vigilar y dirigir la ejecución del presupuesto de conservación de carreteras y puentes por medio de la Sección de Presupuestos y Costos del mismo Departamento, llevando los libros de contabilidad y estadística que sean necesarios y que se ordenen dentro de su propio reglamento interno;
Aprobar los presupuestos anuales de conservación, que deben ser presentados todos los años por los Ingenieros Jefes de Zona, para formar con ellos el presupuesto global de conservación que el Gobierno presente a la aprobación del Congreso Nacional;
Visitar permanentemente, por medio de los Ingenieros Visitadores y personalmente por el Jefe del Departamento, todas las Zonas de Conservación del país, a fin de constatar el estado de las vías dentro de cada Zona, y dictar y hacer cumplir las órdenes a que haya lugar;
Mantenerse en permanente contacto con los Ingenieros Jefes de Zona, solucionando los problemas que a dichos funcionarios se presenten;
Proponer al Ministro de Obras Públicas las medidas que considere necesarias para la correcta conservación de las carreteras y puentes nacionales;
Recibir, estudiar y comprobar los informes mensuales que deben ser rendidos por los Ingenieros Jefes de Zonas sobre el desarrollo de los trabajos de conservación en cada una de ellas, y determinar la forma en que estos informes deben ser presentados, tanto en lo que se refiere a trabajos y estado de las vías como al estado y distribución de la maquinaria;
Presentar al Ministro de Obras Públicas el extracto mensual de estos informes y los comentarios a que haya lugar.