Micelio

Artículo 32

Ley 157 de 1896 · Sobre prensa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los delitos ocasionados por medio de publicaciones subversivas los constituyen:

1.

Propender a la desmembración de la República o a la segregación de una parte de su territorio,

2.

Desconocer o desobedecer la Constitución o las leyes o propender al desconocimiento o desobediencia de ellas.

3.

Excitar a cometer actos que las leyes califiquen como delitos:

4.

Atacar a los Gobiernos o Jefes de las Naciones amigas, siempre que la legislación de los respectivos países consigne igual principio de reciprocidad, y su gobierno lo practique.

5.

Atacar la cosa juzgada, sin perjuicio de la crítica jurídica que puede hacerse a los fallos judiciales siempre que no tiendan a impedir el cumplimiento de ellas.

6.

Propender a la depreciación de la moneda nacional.

7.

Incitar unas contra otras las diversas clases sociales.

8.

Atentar para la sublevación o concitar a la guerra civil.

9.

Atacar la moral cristiana o el dogma católico, y ofender las prácticas de esta religión.

10.

Arrogarse la representación del pueblo o tomar el nombre de una parte de él.

11.

Combatir la legítima organización del derecho de propiedad.

12.

Desconocer o atacar las legítimas prerrogativas de las autoridades civiles, eclesiásticas,

13.

Calumniar o injuriar al encargado del poder ejecutivo, al arzobispo y a los obispos de la República, en cuanto se refiera al desempeña sus funciones oficiales.

14.

Anticiparse a dar publicidad a actos oficiales de carácter diplomático o adulterar los documentos oficiales.

15.

Ofender la decencia pública con escritos o gravados obscenos.

16.

Publicar o reproducir noticias falsas que puedan ocasionar alarma o peligro para el orden público o grave daño a los intereses y crédito del Estado; y

17.

Excitar a los individuos del ejército a ejecutar actos de desobediencia o rebelión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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