Micelio

Artículo 2

Decreto 181 de 2002 · por el cual se reglamenta el artículo 19 de la Ley 716 de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El alivio previsto en el artículo 19 de la Ley 716 de 2001, consistente en la caducidad inmediata de la información negativa histórica, implica que dicha información no tendrá ningún efecto, por lo cual no podrá utilizarse para negar un crédito.

Parágrafo

No obstante lo previsto en el presente artículo, los bancos de datos podrán conservar en sus archivos la información sujeta al alivio de que trata el artículo 19 de la Ley 716 de 2001.

Parágrafo único

Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 11001032700020020006701(8336) de 2005

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 181 de 2002