Contrato para la administración del FAPC . El Banco de la República administrará el FAPC previa celebración de un contrato con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En dicho contrato se establecerán los costos de administración del FAPC por los servicios prestados por parte del Banco de la República, los cuales serán pagados con cargo a los rendimientos de los recursos administrados y en subsidio con cargo a estos últimos; en este último evento, deberá informarse al Comité Directivo sobre el detalle del pago. Harán parte de los costos de administración, entre otros
La contratación de terceros para la gestión del portafolio del Fondo.
Las labores pertinentes para la administración del Fondo.
La gestión de la inversión del Fondo.
La administración de los riesgos asociados al Fondo.
Los honorarios devengados por los miembros del Comité Directivo por su asistencia a los Comités y subcomités, los gastos asociados a los mecanismos para salvaguardar su responsabilidad, así como los honorarios y gastos de contratación de los asesores y consultores externos del Comité Directivo.