Micelio

Artículo 106

Llamamiento Especial Al Servicio

Decreto 2337 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Llamamiento Especial al Servicio . El Gobierno y los Comando de Fuerza podrán llamar en forma especial al servicio activo a los Oficiales y Suboficiales de la reserva y retirados en forma temporal cuando lo juzguen necesario, con fines e entrenamiento o por movilización total o parcial o por necesidades del servicio. Los Oficiales y Suboficiales que infringen lo dispuesto en este artículo, serán sancionados por Resolución motivada del respectivo Comandante de Fuerza con multa de quinientos ($500.oo) a cinco mil ($5.000, oo) pesos descontables del sueldo de retiro, o exigible por la Administración de Hacienda Nacional, sin perjuicio de la Acción Penal correspondiente. Estos Oficiales y Suboficiales podrán ser retirados nuevamente a juicio de quien efectúe el llamamiento al servicio, aunque no hayan cumplido quince (15) años de servicio.

Parágrafo

Las personas naturales o jurídicas con las cuales trabajan los Oficiales o Suboficiales que sean llamados en forma especial al servicio activo, están en la obligación de reincorporarlos a sus respectivos cargos dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su retiro. El llamamiento especial al servicio solo suspende transitoriamente los contratos de trabajo. Además de lo previsto en las leyes laborales, la contravención será sancionada por el Gobierno con multas de cinco mil ($5.000, oo) a cincuenta mil ($50.000, oo) pesos moneda legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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