Micelio

Artículo 27

Para Ascender Al Grado De Coronel, Además De Las Condiciones Exigidas En Los Artículos Anteriores Será Requisito Especial Que El Comando General De Las Fuerzas Armadas Apruebe Una Tesis Elaborada Por El Candidato, La Cual Deberá Ser Previamente Sustentada Ante Un Jurado Designado Al Efecto Por El Mismo Comando

Decreto 2295 de 1954 · Por el cual se organiza la carreta profesional de los Oficiales de las Fuerzas de Policía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ascender al grado de Coronel, además de las condiciones exigidas en los artículos anteriores será requisito especial que el Comando General de las Fuerzas Armadas apruebe una tesis elaborada por el candidato, la cual deberá ser previamente sustentada ante un jurado designado al efecto por el mismo Comando. La tesis en referencia será escogida por el Estado Mayor General de tres temas sobre asuntos de interés profesional presentados por el candidato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2295 de 1954