Topes para el incremento de la remuneración de los docentes que opten por este decreto y que proceden de un régimen diferente al 1444 de 1992. Se fija como tope máximo el diez (10%) por ciento de incremento salarial para los docentes que opten por este decreto y que con anterioridad al 8 de enero de 2002 estaban sometidos a un régimen salarial y prestacional diferente al del Decreto 1444 de 1992. A los docentes que opten por el régimen salarial y prestacional establecido en este decreto, cuya remuneración inicial, liquidada de acuerdo con las disposiciones del mismo, quede por debajo de su salario real, se les reconocen los puntos necesarios para mantener su salario.
Decreto 1279 de 2002 →Vigente
Artículo 51
Topes Para El Incremento De La Remuneración De Los Docentes Que Opten Por Este Decreto Y Que Proceden De Un Régimen Diferente Al 1444 De 1992
Decreto 1279 de 2002 · por el cual se establece el régimen salarial y prestacional de los docentes de las Universidades Estatales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.