º. Dirección Nacional. Corresponde a la Dirección Nacional desarrollar las siguientes funciones
Dirigir, orientar y coordinar el cumplimiento de las competencias y funciones de la Dirección, a través de sus dependencias, conforme a las orientaciones generales trazadas por el Presidente de la República y la Comisión Asesora para la Equidad y Participación de la Mujer.
Proponer y preparar, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación, los documentos de políticas, programas y estrategias que deben ser considerados y aprobados por el Conpes.
Coordinar el diseño, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos que se adopten.
Adelantar las gestiones indispensables para la incorporación de los planes, programas y proyectos a los de carácter sectorial y a los de las entidades territoriales.
Estudiar las necesidades institucionales y normativas requeridas para el mejor cumplimiento del objeto y funciones de la Dirección y preparar y proponer la adopción de las medidas que sean indispensables para el efecto.
Preparar los actos administrativos que deban ser expedidos por el Presidente de la República, o por otras autoridades u organismos nacionales o de las entidades territoriales, para garantizar la adopción y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos formulados por la Dirección.
Celebrar los contratos y convenios requeridos para el cumplimiento de las funciones de la Dirección.
Convocar la Comisión Asesora para la Equidad de la Mujer a sesiones ordinarias y extraordinarias de acuerdo con su reglamento interno y desarrollar las labores de Secretaría administrativa y técnica de la misma.
Participar como miembro del Conpes y llevar a este organismo las iniciativas que deban ser consideradas por él para la debida ejecución de las políticas, estrategias, planes y programas.
Nombrar y remover libremente a los Subdirectores y designar a los demás empleados de la Dirección según el régimen que corresponda a la naturaleza de los cargos.
Impulsar el movimiento social de mujeres y promover y apoyar sus organizaciones, así como su participación activa en las acciones estatales.
Promover y establecer relaciones con organismos de carácter internacional y con entidades de cooperación técnica internacional cuyo objeto sea la participación equitativa de la mujer y la introducción de la perspectiva de género en la acción estatal.
Contribuir al cabal cumplimiento de la legislación interna y de los Tratados y Convenciones internacionales que se relacione con la equidad de la mujer y la perspectiva de género.
Desarrollar actividades tendientes a garantizar el cambio cultural que requiere el cumplimiento del objeto de la Dirección, a través de programas de capacitación, investigación, comunicación y difusión.
Las demás que le sean asignadas y las que sean afines con la naturaleza de la dependencia.