Micelio

Artículo 3

A Partir Del 1° De Abril Del Presente Año, El Consejero Cultural Ad Honórem De La Embajada De Colombia En Francia, Señor Álvaro Holguín Y Caro, Tendrá Derecho A Una Partida De $200

Decreto 741 de 1959 · Por el cual se dictan varias disposiciones en el servicio Diplomático y Consular

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A partir del 1° de abril del presente año, el Consejero Cultural ad honórem de la Embajada de Colombia en Francia, señor Álvaro Holguín y Caro, tendrá derecho a una partida de $200.00 mensuales, como gastos de representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 741 de 1959