Micelio

Artículo 39

En Las Localidades En Que No Haya Personal Idóneo Para Desempeñar La Inspección Local, Desempeñará Ésta El Alcalde Del Municipio

Decreto 392 de 1892 · En ejecución de la Ley 13 de 1892, sobre administración de los Territorios de San Martín y Casanare

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las localidades en que no haya personal idóneo para desempeñar la Inspección local, desempeñará ésta el Alcalde del Municipio. CAPITULO XIII. SUELDOS Y GASTOS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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